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Participación en el programa Mecenas

En el Programa Mecenas pueden participar tanto los ciudadanos como las instituciones, empresas y asociaciones o colectivos ciudadanos. Además de contar con diversas ventajas.

 


Particulares:

  • Participan asociándose al Proyecto mediante la adquisición de la Tarjeta Mecenas a cambio de una aportación anual que admite las siguientes modalidades:

  • Aportación individual: 30 Euros.

  • Aportación familiar: 45 Euros para los dos primeros titulares (matrimonio o unión de hecho) más 6 Euros por cada hijo menor de edad y/o 18 euros por cada miembro de la misma unidad familiar mayor de edad.

  • Mayores de 65 años y estudiantes: 24 euros.

Cada persona que participa en el programa recibe una Tarjeta Mecenas personalizada.

  • Entrada gratuita a los monumentos gestionados por el Consorcio.

  • Participación en el programa de difusión (actividades) de la Tarjeta Mecenas.

  • Recepción gratuita de los boletines "Foro" y "Mecenas".

  • Descuento del 10% en todos los artículos y publicaciones de la Tienda del Consorcio.

  • Descuentos en los eventos, organizados por el Consorcio, que se celebren en recintos monumentales gestionados por el mismo.

  • Descuentos especiales en Congresos y Seminarios organizados por el Consorcio.

  • Descuentos en establecimientos de empresas colaboradoras.

  • Invitación a actos oficiales que se celebren en el Conjunto Monumental.

 


Empresas y Comercios:

Las empresas pueden participar como entidades patrocinadoras, colaboradoras o benefactoras.

ENTIDADES PATROCINADORAS:

Contribuyen al proyecto con una aportación económica anual.

En función del importe de la aportación, se contemplan tres tipos de patrocinadores:

  • Patrocinadores Honoríficos: mínimo de 2.000 Euros

  • Patrocinadores Especiales: mínimo de 500 Euros.

  • Patrocinadores Generales: mínimo de 100 Euros

Las entidades patrocinadoras pueden también participar como entidad colaboradora, cuando, además de realizar una aportación económica, conceden ventajas comerciales a los Titulares de la Tarjeta Mecenas.

ENTIDADES BENEFACTORAS:

Régimen especial de participación para el Pequeño y Mediano Comercio:

participan en el proyecto en calidad de entidades colaboradoras, concediendo ventajas a los Titulares de la Tarjeta Mecenas, sin obligación de participar como entidades patrocinadoras, si bien requiere que el titular del comercio lo sea también de la Tarjeta Mecenas.

Utilización de la imagen:

Posibilidad de utilizar la imagen del Programa Mecenas en su acciones publicitarias y/o en sus locales.

Acceso especial al Conjunto Monumental:

Visita anual guiada a un recinto monumental a elegir por el patrocinador con posibilidad de organizar actividades complementarias (exclusivo para patrocinadores honoríficos).

Concesión de Tarjetas Mecenas:

Concesión de un número determinado de Tarjetas Mecenas a favor de las personas que indique la empresa (2 para patrocinadores generales; 4 para patrocinadores especiales y 8 para patrocinadores honoríficos y a determinar en el caso de las entidades benefactoras). Con dichas Tarjetas disfrutarán de todas las ventajas de las que gozan los socios particulares:

  • Acceso gratuito a los monumentos.

  • Participación en el programa de actividades de difusión específico para los titulares mecenas.

  • Descuentos en la Tienda del Consorcio.

  • Acceso a las ventajas facilitadas por las empresas.

  • Recepción del Boletín FORO y Boletín Mecenas, etc.

Invitación a actos que se celebren en el Conjunto Monumental:

Invitación a actos o espectáculos (Festivales, Conciertos, etc.) que se celebren en el Teatro Romano de Mérida, para el número de personas y para aquellos actos que se acuerden con los organizadores de cada Festival o concierto. (patrocinadores honoríficos y especiales).

Agradecimiento público en Medios de Comunicación, con periodicidad anual:

En todas las publicaciones del programa Mecenas, mediante la inserción del logotipo.

En panel situado en el recinto monumental donde se ejecute el proyecto anual.

Fiscales:

Desgravación de las aportaciones a efectos del IS o IRPF en el porcentaje establecido legalmente.

 

 


 

 

Asociaciones y Colectivos:

Las asociaciones y colectivos (asociaciones culturales, profesionales, empresariales, de comerciantes, de vecinos, etc.) participan en el programa como ENTIDADES PROMOTORAS: contribuyen con una aportación mínima de 100 Euros y promueven entre sus asociados la participación en el programa Mecenas.

Posibilidad de utilizar la imagen del programa Mecenas en sus acciones publicitarias.

Agradecimiento público en medios de Comunicación, con periodicidad anual, en todas las publicaciones del programa Mecenas, mediante la inserción del logotipo y en panel situado en el recinto monumental donde se ejecute el proyecto anual.

 


 

 

Medios de Comunicación:

Participan desinteresadamente en la promoción y difusión del programa, como ENTIDADES COLABORADORAS.

Posibilidad de utilizar la imagen del programa Mecenas en sus acciones publicitarias.

Agradecimiento público en medios de Comunicación, con periodicidad anual, en todas las publicaciones del programa Mecenas, mediante la inserción del logotipo y en panel situado en el recinto monumental donde se ejecute el proyecto anual. 

 

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