La ciudad cuenta desde el año 2000 con el Plan Especial de Ordenación y Protección del Conjunto Histórico-Arqueológico de Mérida que define la gestión integral del yacimiento emeritense.
Mérida se dividió en cinco zonas arqueológicas equivalentes a cinco grados de protección diferente. Estas zonas determinan el tipo de intervención arqueológica necesaria previa a la construcción.
- Zona I: Protección Especial.
Equivale al espacio que ocupaban los foros en época romana.
Tipo de intervención: Excavación directa. Incluye análisis arqueológico en altura.
- Zona II: Protección elevada.
Engloba el interior de la ciudad romana definido por los límites de la muralla.
Tipo de intervención: En obras de nueva edificación se realiza excavación directa.
- Zona III: Protección normal.
Corresponde con el espacio exterior de la muralla romana.
Tipo de intervención: En obras de nueva edificación se efectuarán sondeos. Si resultan positivos, se excavará el solar.
- Zona IV: Protección cautelar.
Abarca las zonas periurbanas, en donde se documentan vías, instalaciones industriales, agropecuarias, enterramientos, etc …de época antigua.
Dependiendo del tipo de intervención urbanística que vaya a realizarse se plantearán trabajos de Seguimiento, prospección o sondeos.
- Zona V: Protección general.
Los hallazgos se relacionan generalmente con el territorio rural de época antigua (vías, villas, etc…).
Dependiendo del tipo de intervención urbanística que se vaya a acometer será conveniente la prospección, sondeos o seguimiento.
El Consorcio aporta de forma gratuita todo el personal en las intervenciones arqueológicas necesarias a realizar en viviendas de auto promoción.